LECTURA FACIL: una buena práctica a aplicar en todas las administraciones públicas
1. Que es la Lectura Fácil
La lectura
fácil es una técnica de redacción de textos adaptados para crear no un documento más simple, sino más
sencillo. Esta adaptación está orientada a un grupo de personas con
dificultades de comprensión lectora entre los que se encuentran personas con
discapacidad intelectual, con sordera prelocutiva, con dislexia, con trastorno
de déficit de atención, hiperactividad, inmigrantes recientes de habla
diferente al país de acogida, personas mayores o con baja alfabetización, etc.
En total, una cuarta parte de la población, según fuentes citadas por la
International Federation of Library y Associations and Institutions (IFLA)
(2010:7). Por tanto, la lectura fácil puede ser una de las posibles
alternativas para satisfacer las necesidades lectoras de todos estos
colectivos.
Esta
metodología nació en Suecia en los años 60, y se centraba en hacer “una adaptación
que hace más fácil tanto la lectura como la comprensión que debe tener en
cuenta el contenido, el lenguaje, las ilustraciones y la maquetación”. Por
tanto, se trata de transformar un texto para que sea más accesible a un amplio
abanico de colectivos con dificultades de compresión.
Actualmente, en España hay un movimiento asociativo,
Plena Inclusión, que lucha por los derechos de las personas con discapacidad intelectual
o del desarrollo y sus familias mediante la Lectura Fácil (https://www.plenainclusion.org)
Hasta el momento, la lectura fácil se está aplicando en textos para oposiciones, manuales de uso y explicaciones en museos, básicamente. Pero dado que hay que entender numerosos documentyos que afectan a la vida diaria, hay que facilitar a personas con dificultades de comprensión, el entendimiento de dichos documentos que afectan de manera muy importante a sus vidas, como es el caso de las sentencias jurídicas, y no solo de modificación de capacidad jurídica. Quiero destacar aquí la importancia de esta adaptación a sentencias judiciales, como se está haciendo en Asturias, Madrid y Andalucía, entre otras. “Los juzgados andaluces usarán un lenguaje adaptado a discapacitados. Las sentencias se traducirán a Lectura Fácil para que los discapacitados entiendan las medidas que les afectan. El proyecto piloto empieza en un juzgado de Familia de Sevilla”.
Me parece fundamental que la Lectura Fácil se aplique a textos judiciales, ya que estos poseen un lenguaje propio que a los legos nos resulta muy difícil de entender. Pero debería aplicarse en otros organismos oficiales, ya sea Bancos, Agencia Tributaria, denuncias policiales, etc. Y no sólo para discapacitados, seguro que también lo agradecerían personas de otras nacionalidades, disléxicos, personas mayores, etc.
3. Impacto y resultados de la Lectura Fácil
De momento se ha instaurado en los juzgados de Asturias, en un Juzgado de
Familia de Sevilla, donde un primer grupo de cinco sentencias que afectan a la capacidad de obrar de
personas con minusvalía
psíquica se va a traducir al sistema
de Lectura Fácil. La juez comprobará que su resolución ha sido
correctamente “traducida” y a continuación notificará los dos textos -la sentencia y su adaptación- al interesado.
Se ha comenzado a adaptar aquellas sentencias que afectan a personas con discapacidad intelectual, y está claro que es necesario porque ellos son los primeros afectados. Pero debería aplicarse no solo a manuales o textos de oposiciones, sino a TODO TIPO DE DOCUMENTACION OFICIAL, si de verdad quiere ser una medida de no discriminación.
4. Puntos Fuertes y Debilidades de la Lectura Fácil
Puntos fuertes:
- Se consigue mejorar la calidad de vida de
las personas con discapacidad intelectual, así como otros posibles usuarios, a
través de la creación de apoyos que faciliten su acceso a la justicia.
- Se cumple
con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su
artículo 13 establece que “Los Estados Partes asegurarán que las personas con
discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las
demás, incluso mediante ajustes de procedimiento.” Este artículo junto al
artículo 9 sobre accesibilidad, establece el derecho de todas las personas a
obtener una información accesible y ajustada a sus concretas circunstancias
personales. (Naciones Unidas, 2006).
- En el
ámbito español, se cumple con la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la
Justicia que establece desde hace ya diecisiete años, el derecho de la
ciudadanía a obtener información clara y transparente. Concretamente en el
punto 7 de dicha Carta se recoge que “el ciudadano tiene derecho a que las
sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean
comprensibles por sus destinatarios, empleando una sintaxis y estructura
sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico.” (Ministerio de Justicia, 2002)
Puntos débiles: faltan muchos organismos que adoptar. Entre ellos la Agencia Tributaria,
los Bancos, la Policía, los Hospitales, y, poco a poco, la justicia.